Los Contratos en la República Dominicana: Aspectos Legales, Tipos y su Importancia Jurídica.

 


Los contratos son fundamentales en el ámbito jurídico de la República Dominicana, ya que constituyen la base de las relaciones comerciales y laborales. Un contrato es un acuerdo entre dos o más partes que crea obligaciones y derechos, y su regulación se encuentra principalmente en el Código Civil y el Código de Trabajo de la República Dominicana.

1. Definición y Naturaleza de los Contratos

Según el artículo 1134 del Código Civil, "las convenciones no pueden ser revocadas sino por mutuo consentimiento de aquellos que las han hecho, o por las causas que autoriza la ley". Esto implica que los contratos son acuerdos vinculantes que deben ser cumplidos por las partes involucradas. La autonomía de la voluntad es un principio fundamental en la formación de contratos, permitiendo a las partes establecer libremente los términos de su relación.

2. Tipos de Contratos

En la República Dominicana, los contratos se pueden clasificar en varias categorías:

a. Contratos Civiles

Estos son aquellos que regulan relaciones entre particulares y pueden incluir contratos de compra-venta, arrendamiento, y donación, entre otros. La regulación de estos contratos se encuentra en el Código Civil.

b. Contratos Laborales

Regidos por el Código de Trabajo, estos contratos son aquellos en los que una persona se obliga a prestar un servicio personal a otra a cambio de una remuneración. El artículo 1 del Código de Trabajo define el contrato de trabajo como aquel por el cual una persona se obliga, mediante una retribución, a prestar un servicio personal a otra, bajo la dependencia y dirección inmediata o delegada de esta.

Los contratos laborales pueden ser:

Por tiempo indefinido: No tienen una fecha de finalización específica.

Por tiempo determinado: Se establecen para un período específico o para la realización de una obra determinada.

c. Contratos Administrativos

Estos contratos son aquellos en los que el Estado es parte y están regulados por leyes específicas, como el Decreto No. 25-10 sobre Contrataciones Públicas. Estos contratos deben ser aprobados por el Congreso Nacional si implican exenciones impositivas o afectan las rentas nacionales.

d. Contratos Tributarios

Aunque no existe una definición formal en la legislación, se entiende que son aquellos contratos mediante los cuales el Estado otorga exenciones fiscales a particulares, regulados por el artículo 110 de la Constitución.

3. Importancia de los Contratos

Los contratos son esenciales para la seguridad jurídica en las relaciones comerciales y laborales. Proporcionan un marco legal que protege los derechos de las partes y establece las consecuencias de su incumplimiento. La existencia de un contrato claro y bien definido ayuda a prevenir conflictos y facilita la resolución de disputas.

4. Formación y Prueba del Contrato

La formación de un contrato puede ser verbal o escrita, aunque se recomienda la formalización por escrito para evitar malentendidos. El Código de Trabajo establece que, en caso de discrepancia entre los hechos y un documento, debe darse preferencia a lo que ocurre en la realidad, lo que se puede probar por cualquier medio fehaciente.

5. Terminación del Contrato

La terminación de un contrato puede ocurrir por diversas causas, como el cumplimiento del objeto del contrato, el mutuo acuerdo de las partes, o el incumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas. En el caso de los contratos laborales, el Código de Trabajo establece procedimientos específicos para la terminación, que pueden incluir indemnizaciones y otros derechos del trabajador.



Los contratos son una herramienta vital en el sistema jurídico de la República Dominicana, regulando las relaciones entre individuos y el Estado. Su correcta elaboración y cumplimiento son esenciales para garantizar la estabilidad y la confianza en las transacciones comerciales y laborales.

Lic. Erinson  de Jesus  Almanzar Severino.

abogado especialista en derecho civil 

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