Implicaciones de un desestimiento en la República Dominicana.



Implicaciones Jurídicas del Desistimiento en la República Dominicana en el Caso de la Tragedia del Jet Set.



El desistimiento es una figura jurídica contemplada en el ordenamiento procesal dominicano, que permite a una parte renunciar voluntariamente a la continuación de una acción o procedimiento judicial. En el contexto del caso conocido como la tragedia del Jet Set —un lamentable suceso ocurrido en una discoteca de Santo Domingo que causó múltiples víctimas fatales y heridos—, la aplicación del desistimiento ha tenido una relevancia particular tanto por los acuerdos civiles derivados como por el avance del proceso penal.


Este artículo busca explicar de manera clara y entendible qué es el desistimiento, cuáles son sus implicaciones jurídicas en la República Dominicana y cómo se ha aplicado en el referido caso.

 

¿Qué es el desistimiento y cómo se regula en República Dominicana?

El desistimiento es, en términos generales, el acto mediante el cual una parte involucrada en un procedimiento judicial manifiesta expresamente su voluntad de renunciar a la acción o al recurso que inició. Esta renuncia puede darse en diferentes fases del proceso y genera consecuencias específicas según el ámbito del derecho involucrado (civil, penal, constitucional).

 

En República Dominicana, el desistimiento está regulado principalmente en el Código de Procedimiento Civil, específicamente en sus artículos 402 y 403:

 

- Artículo 402: El desistimiento puede realizarse y aceptarse mediante actos simples con la firma de las partes o sus representantes, debiendo además ser notificado de abogado a abogado.

 

- Artículo 403: Cuando el desistimiento es aceptado, se entiende que las cosas deben quedar como antes de iniciarse la demanda, implicando también que quien desiste asuma las costas del proceso.

 

Además, el Código Procesal Penal contiene disposiciones sobre el desistimiento, especialmente en lo relativo a la figura del actor civil (víctima o querellante) que inicia acciones dentro de un proceso penal.

El Tribunal Constitucional Dominicano ha establecido en diversas sentencias que el desistimiento es una voluntad expresa que debe constar claramente, y que su aplicación en materia constitucional es posible mediante la aplicación supletoria del Código de Procedimiento Civil (artículo 7.12 de la Ley 137-11).


Tipos de desistimiento y sus implicaciones jurídicas

1. Desistimiento de la acción:  


  - Equivale a renunciar al derecho que fundamenta la demanda o querella.  

  - Produce efectos de cosa juzgada, es decir, la acción no puede retomarse.  

  - No requiere aceptación de la contraparte.  

  - Es irreversible y extingue el derecho litigioso.

 

2. Desistimiento del procedimiento o de la instancia:  

  - Extingue el proceso en curso, pero no el derecho de fondo; el demandante puede volver a demandar posteriormente (salvo que haya prescrito la acción).  

  - Generalmente, requiere aceptación o que la parte contraria no se oponga.

 

3. Desistimiento tácito en penal:  


  - Se produce cuando la víctima o actor civil no realiza actos procesales esenciales (no comparece a audiencias, no presenta pruebas, etc.) y no justifica su incomparecencia, lo que se considera como renuncia implícita a la acción.

 

4. Desistimiento en materia constitucional:

  

- Se considera aplicable aunque la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional no lo regule explícitamente, por el principio de supletoriedad del derecho procesal civil.  

  - No requiere aceptación para surtir efectos.   






 

Desistimiento en el caso de la tragedia del Jet Set.


Este tristemente célebre caso involucró la muerte de más de una decena de personas en una discoteca del Distrito Nacional debido a un incendio. Entre las acciones judiciales surgieron demandas civiles y acciones penales contra los dueños y responsables.

 

Actos de desistimiento firmados por familiares y víctimas

Se han presentado numerosos actos notariales de recibo de descargo y desistimiento por parte de familiares de varias víctimas, quienes manifestaron haber recibido compensaciones monetarias a cambio de desistir de acciones civiles o penales.

 

Por ejemplo, Zulinka Yadhira Pérez Lizardo —hija del conocido cantante Rubby Pérez, víctima fatal en el hecho— autorizó mediante notaría el desistimiento, declarando haber recibido una compensación de aproximadamente un millón de pesos dominicanos (unos 16,800 dólares). Estos documentos expresan explícitamente la renuncia a cualquier acción judicial futura contra los responsables.

 

Implicaciones jurídicas concretas

- Para las acciones civiles individuales: 

 Los desistimientos formalizados y firmados por las víctimas o sus familiares extinguen las reclamaciones civiles derivadas de daños y perjuicios frente a los imputados o responsables. En estos casos, las personas desistentes no podrán promover nuevas demandas civiles por los hechos relacionados

.

- En el proceso penal:  

 A pesar de esos desistimientos civiles, la acción penal pública sigue vigente. La responsabilidad penal es del Estado y se persigue para sancionar conductas que afecten el orden público, como el homicidio involuntario.  

 El Ministerio Público ha declarado que las compensaciones no son un justificante para detener el proceso penal, calificando incluso ciertas medidas coercitivas como insuficientes frente a la gravedad del caso.  

 Por lo tanto, aunque algunos actores civiles o víctimas puedan desistir, el proceso penal no depende únicamente de esas acciones y puede continuar independientemente en defensa delinterés público y la justicia.


- Sobre la estrategia de los imputados:  

 Los descargos y desistimientos forman parte de la defensa legal, buscando, en ocasiones, disminuir la carga civil o la responsabilidad individual, o crear antecedentes favorables. Sin embargo, la autoridad judicial mantiene el deber de evaluar y sancionar posibles infracciones penales conforme establece la ley.


Consideraciones finales

El desistimiento en República Dominicana es una figura flexible y respetada en el sistema judicial, validada jurídicamente cuando se expresa de manera clara y se cumple con los requisitos legales.


En el caso de la tragedia del Jet Set, ha permitido que los familiares de las víctimas puedan optar por cerrar sus acciones judiciales, a cambio de compensaciones, pero no significa que el proceso penal pierda su dinamismo ni deje el camino abierto a la impunidad.

Finalmente, el desistimiento no puede usarse para vulnerar derechos públicos y sociales ni puede impedir la persecución penal cuando el Estado lo estime necesario para mantener la justicia y el orden jurídico.







Erinson Almanzar.

Abogado.

Co.EAlegalconsultant.

Comentarios